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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0460 DE 1986 Document Link Icon
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo7
Título
ARTICULO 7o. Cuando dos o más patronos que conformen una unidad de empresa efectúen pagos a un mismo trabajador por concepto de salarios u otros ingresos que se originen en la relación laboral, el certificado será expedido por la empresa que tenga el carácter de principal o haga sus veces, e incluirá la totalidad de los pagos gravables que se efectúen al trabajador por las distintas empresas que conformen la unidad.

Cuando se trate de trabajadores con ingresos de diferentes fuentes, deben exhibir la totalidad de los certificados de retención correspondiente a los ingresos informados.