<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.4.7.1.
Título
Tarifa de retención en la fuente sobre dividendos o participaciones gravados.
Texto
CAPÍTULO 7
Retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta por concepto de dividendos o participaciones
Artículo 1.2.4.7.1.
Tarifa de retención en la fuente sobre dividendos o participaciones gravados.
Los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos y participaciones, que se realicen a los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores o similares que sean declarantes del impuesto sobre la renta, en exceso del resultado previsto en el numeral 1 en el Parágrafo 1° del artículo 49 del Estatuto Tributario, están sometidos a retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta a la tarifa del veinte por ciento (20%).
Cuando el beneficiario del pago o abono en cuenta sea una persona natural no obligada a presentar declaración de renta y complementario, la tarifa de retención en la fuente es del treinta y tres por ciento (33%).
No obstante lo anterior, la tarifa de retención en la fuente por concepto de dividendos y participaciones, será del veinte por ciento (20%) cuando el valor individual o acumulado de los pagos o abonos en cuenta, a favor de personas naturales sea igual o superior a mil cuatrocientas (1.400) Unidades de Valor Tributario, UVT, durante el respectivo año gravable.
(Art. 1, Decreto 567 de 2007. Parágrafo transitorio con pérdida de vigencia por agotamiento del plazo)
Concordancias Legales
DECRETO 0567 DE 2007 ART. 1
DECRETO 0567 DE 2007
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 49
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Tarifa de Retención por Dividendos