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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0124 DE 1997
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
10
Título
Texto
ARTICULO 10.- Retención en la fuente.
Los pagos o abonos que se hagan a favor de las entidades del régimen tributario especial a que se refiere el artículo 19 del Estatuto Tributario, no estarán sometidos a retención en la fuente, siempre y cuando se demuestre su naturaleza jurídica ante el agente retenedor, mediante copia de la certificación de la entidad encargada de su vigilancia o de la que le haya concedido su personería jurídica. El agente retenedor conservará copia de la respectiva certificación.
Las entidades que pertenecen al régimen tributario especial de que trata el artículo 19 del Estatuto Tributario, con excepción de las cooperativas, estarán sometidas a retención en la fuente por concepto de ingresos tributarios por ventas, provenientes de actividades industriales y de mercadeo, de conformidad con lo previsto en el artículo 401 del Estatuto Tributario y demás normas concordantes.
Igualmente están sometidos a retención en la fuente a la tarifa legal correspondiente, los rendimientos financieros que sean pagados o abonados en cuenta a favor de las entidades que pertenecen al régimen especial, con excepción de las cooperativas señaladas en el Parágrafo 3o. del artículo 19 del Estatuto Tributario.
PARAGRAFO.-
Las cooperativas son agentes de retención del impuesto sobre la renta y complementarios, y deberán practicar la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que efectúen por los conceptos y a las tarifas previstas en las disposiciones legales vigentes.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 19
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 369
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 401
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PAGOS NO SUJETOS A RETENCION
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS
RETENCION EN LA FUENTE POR OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS
PAGOS SUJETOS A RETENCION PARA ENTIDADES DEL REGIMEN ESPECIAL