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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2623 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo24
Título
ARTÍCULO 24. PLAZOS PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA. Por el año gravable 2014, deberán presentar la documentación comprobatoria de que trata el artículo 260-5 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados conforme con lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y en las condiciones que esta determine, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario, sin el dígito de verificación, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:

Si el último dígito es
Hasta el día
108 de julio de 2015
209 de julio de 2015
310 de julio de 2015
413 de julio de 2015
514 de julio de 2015
615 de julio de 2015
716 de julio de 2015
817 de julio de 2015
921 de julio de 2015
022 de julio de 2015