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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 05456 DE 2006
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
4
Título
Texto
ARTICULO 4°.-
Otros requisitos y trámites. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 5º
,
letra b) del Decreto 3600 de 2005, la Sociedad de Intermediación Aduanera adjuntará a la División de Registro ,y Control de la Subdirección de Comercio Exterior de la DIAN, copia del Registro Único Tributario actualizado, donde consigne la apertura de las sucursales.
Adicionalmente, la sucursal de la Sociedad de Intermediación Aduanera deberá contar con las autorizaciones y licencias para su funcionamiento, otorgados por la Alcaldía u órgano competente que haga sus veces, los cuales deberán ser acreditados cuando así lo solicite la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Parágrafo
.: La sucursal de la Sociedad de Intermediación Aduanera registrará por cualquier medio idóneo, las actividades que desarrolla.
Concordancias Legales
DECRETO 3600 DE 2005
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 26-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SOCIEDADES DE INTERMEDIACION ADUANERA - REQUISITOS
SOCIEDADES DE INTERMEDIACION ADUANERA - SUCURSALES
SOCIEDADES DE CERTIFICACION - REGISTRO