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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
184
Título
Texto
Articulo 184º. Conceptos no incluidos en el valor en aduana.
El valor en aduana no comprenderá los siguientes gastos o costos:
1. Comisiones de compra.
2. Derechos de reproducción en Colombia de las mercancías importadas.
3. Derechos de distribución o reventa de las mercancías importadas, si no constituyen una condición de venta de estas mercancías para su exportación a Colombia.
4. Las prestaciones realizadas por el comprador en Colombia para comercializar las mercancías importadas, tales como publicidad, garantía y asistencia a ferias de exposición.
5. Gastos pagados por sobrestadía de los buques en puerto colombiano, descarga y manipulación en el lugar de importación.
6. Construcción, armado, instalación, montaje, mantenimiento y asistencia técnica realizados después de la importación en relación con las mercancías importadas, tales como maquinaria o equipo industrial.
7. Derechos de Aduana u otros impuestos pagados por la importación de la mercancía de que se trata.
8. Intereses, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 7. de la Decisión Andina 378.
9. Transportes o acarreos ocurridos con posterioridad a la llegada de la mercancía al lugar de importación en Colombia.
10. Los pagos por dividendos y cualquier otro concepto que no guarde relación con la mercancía importada.
Podrán deducirse cuando estén incluidos en el precio pagado o por pagar y se distingan del mismo en la factura comercial, los costos o gastos de los numerales 1, 5, 6, 7, 8 y 9.
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 194
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 198
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 206
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 174
ORDEN ADMINISTRATIVA 0002 DE 2002 ART. ITEM UNICO
ORDEN ADMINISTRATIVA 0006 DE 2002 ART. ITEM 10
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VALOR EN ADUANA - DETERMINACION