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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.4.1.
Título
Entidades de salud no contribuyentes.
Texto
CAPÍTULO 4
No contribuyentes del impuesto sobre la renta
Artículo 1.2.1.4.1.
Entidades de salud no contribuyentes.
No son contribuyentes del impuesto sobre la renta, los hospitales que estén constituidos como personas jurídicas sin ánimo de lucro, y las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la prestación de servicios de salud, siempre y cuando obtengan el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social directamente o a través de la Superintendencia Nacional de Salud y destinen la totalidad de los excedentes que obtengan a programas de salud conforme a lo establecido en los artículos 1.3.1.13.13 al 1.3.1.13.15, 1.2.1.22.2, 1.2.1.22.3, 1.2.1.4.2, 1.2.1.18.14, 1.4.1.7.7, 1.4.1.7.8 y del 1.2.4.1.9 al 1.2.4.1.11 del presente Decreto.
(Art. 6, Decreto 841 de 1998)
(
El Decreto 841 de 1998 rige a partir del primero de mayo y deroga el Decreto 163 de 1997, y las demás normas que le sean contrarias. Art. 24, Decreto 841 de 1998)
Concordancias Legales
DECRETO 0841 DE 1998 ART. 6
DECRETO 0841 DE 1998 ART. 0024
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Entidades no Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta