Texto
ARTICULO 24. Declaración Bimestral del Impuesto sobre las Ventas. Para efectos de la presentación de la declaración del impuesto sobre las ventas, a que se refieren los artículos 600 y 601 del Estatuto Tributario, los responsables del régimen común deberán utilizar el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada declaración, por cada uno de los bimestres del año 2005, vencerán en las fechas del mismo año que se indican a continuación, excepto la correspondiente al bimestre Noviembre - Diciembre del año 2005, que vence en el año 2006.
Los vencimientos, de acuerdo al último dígito del NIT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, serán los siguientes:
SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES: BTRE.ENERO-FEBRERO 2005 BTRE. MARXO-ABRIL 2005
HASTA EL DÍA HASTA EL DÍA
9 ó 0 10 de marzo 2005 10 de mayo 2005
7 ú 8 11 de marzo 2005 11 de mayo 2005
5 ó 6 14 de marzo 2005 12 de mayo 2005
3 ó 4 15 de marzo 2005 13 de mayo 2005
1 ó 2 16 de marzo 2005 16 de mayo 2005
SI EL ULTIMO DÍGITO ES: BTRE. MAYO-JUNIO 2005 BTRE.JULIO-AGOSTO 2005
HASTA EL DIA HASTA EL DIA
9 ó 0 11 de julio 2005 09 de septiembre 2005
7 ú 8 12 de julio 2005 12 de septiembre 2005
5 ó 6 13 de julio 2005 13 de septiembre 2005
3 ó 4 14 de julio 2005 14 de septiembre 2005
1 ó 2 15 de julio 2005 15 de septiembre 2005
SI ELÚLTIMO0 DÍGITO ES: BTRE. SBRE-OCTUBRE 2005 BTRE. NBRE.-DICIEMBRE 2005
HASTA EL DÍA HASTA EL DÍA
9 ó 0 09 de noviembre 2005 10 de enero 2006
7 ú 8 10 de noviembre 2005 11 de enero 2006
5 ó 6 11 de noviembre 2005 12 de enero 2006
3 ó 4 15 de noviembre 2005 13 de enero 2006
1 ó 2 16 de noviembre 2005 16 de enero 2006
Parágrafo 1. Para los responsables por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, los plazos para presentar la declaración del Impuesto sobre las Ventas y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada uno de los bimestres del año 2005, vencerán un mes después del plazo señalado para la presentación y pago de la declaración del respectivo período, conforme con lo dispuesto en este artículo, previa solicitud que deberá ser aprobada por la Subdirección de Recaudación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Parágrafo 2. Plazos para la presentación de la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas de los responsables del servicio telefónico. Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada declaración, por cada uno de los bimestres del año 2005, para los responsables por la prestación del servicio telefónico, vencerán en las fechas del mismo año que se indican a continuación, excepto la correspondiente al bimestre noviembre - diciembre del año 2005, que vence en el año 2006.
Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del NIT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, serán los siguientes:
SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES: BTRE.ENERO-FEBRERO 2005 BTRE.MARZO- ABRIL 2005
HASTA EL DIA HASTA EL DIA
9 ó 0 17 de marzo 2005 17 de mayo 2005
7 ú 8 18 de marzo 2005 18 de mayo 2005
5 ó 6 22 de marzo 2005 19 de mayo 2005
3 ó 4 23 de marzo 2005 20 de mayo 2005
1ó 2 28 de marzo 2005 23 de mayo 2005
SI EL ÚLTIMO DÍGITO ES: BTRE. MAYO- JUNIO 2005 BTRE.JULIO -AGOSTO 2005
HASTA EL DÍA HASTA EL DÍA
9 ó 0 18 de julio 2005 16 de septiembre 2005
7 ú 8 19 de julio 2005 19 de septiembre 2005
5 ó 6 21 de julio 2005 20 de septiembre 2005
3 ó 4 22 de julio 2005 21 de septiembre 2005
1 ó 2 25 de julio 2005 22 de septiembre 2005
SI EL ULTIMO DÍGITO ES: BTRE. SPBRE.-OCTUBRE 2005 BTRE. NVBRE.- DICIEMBRE 2005
HASTA EL DÍA HASTA EL DÍA
9 ó 0 17 de noviembre 2005 17 de enero 2006
7 ú 8 18 de noviembre 2005 18 de enero 2006
5 ó 6 21 de noviembre 2005 19 de enero 2006
3 ó 4 22 de noviembre 2005 20 de enero 2006
1 ó 2 23 de noviembre 2005 23 de enero 2006
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 600 
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 601 
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
DECLARACION BIMESTRAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS