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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
127
Título
Texto
"Artículo 127. Término para la inspección aduanera.
La inspección aduanera deberá realizarse en forma continua y concluirse a más tardar el día siguiente en que se ordene su práctica, salvo cuando por razones justificadas se requiera de un período mayor, caso en el cual se podrá autorizar su ampliación.
El término previsto en el artículo 115 del presente Decreto se suspenderá desde la determinación de la inspección aduanera y hasta que ésta finalice con el levante o cuando se venzan los términos establecidos en los numerales 4, 5, 6, 7, 9 y 10 del artículo 128 del presente Decreto, según corresponda. Esta suspensión no procede cuando el declarante no asista a la diligencia de inspección.
Vencidos los términos previstos en los numerales, 5, 6, 9 y 10 del artículo 128 del presente Decreto, sin que se hayan acreditado las opciones allí previstas para la obtención del levante de la mercancía, se reanudará la contabilización del término de almacenamiento establecido en el artículo 115 de este Decreto.
Siempre que se practique inspección aduanera el levante sólo procederá respecto de la mercancía conforme con la declaración de importación o cuando se establezca en inspección documental la conformidad entre lo declarado y la información contenida en los documentos soporte. Cuando se encuentren cantidades superiores o mercancías diferentes a las declaradas, éstas se aprehenderán para que, con respecto a ellas, se adelante el proceso de definición de su situación jurídica de manera independiente. En este evento, el inspector deberá dar traslado a la dependencia competente para que inicien las acciones del caso."
(Modificado este artículo por el artículo 3 del Decreto 111 de enero 21 de 2010)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 115
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 128
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 509
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 84
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 85-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFCADO POR DECRETO 111 DE 2010 ART. 3
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INSPECCION ADUANERA - TERMINO