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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
INSTRUCCION 0015 DE 2000
Aduanero
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Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
ITEM 2
Título
Texto
2. AUTOPARTES Y REPUESTOS EN GENERAL.
Cuando se trate de repuestos nuevos, estos deberán ofrecerse en venta inicialmente al productor o representante legal de la empresa productora en el país. De no aceptarse la oferta de venta, serán objeto de donación en el estado en que se encuentran, siempre y cuando no sean competencia desleal para las empresas legalmente establecidas y la entidad beneficiaria verifique el destino final de los mismos.
Los repuestos usados serán objeto de donación como chatarra, una vez desnaturalizados.
En caso de dudas sobre la forma de disposición de estos productos, se consultará a la Subsecretaría Comercial.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 526
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 529
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 530
RESOLUCION 4240 DE 2000
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
MERCANCIA ABANDONADA - DISPOSICION
MERCANCIA ABANDONADA - VENTA
MERCANCIA APREHENDIDA - DISPOSICION
MERCANCIA APREHENDIDA - VENTA
MERCANCIA DECOMISADA-VENTA
MERCANCIA DECOMISADA - DISPOSICION