<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1189 DE 1988
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
13
Título
Texto
DECRETO 1189 DE 1988
Artículo 13. En el caso de pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, efectuados por entidades sometidas al control y vigilancia del Departamento Administrativo de Cooperativas no se hará retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que correspondan a un interés diario inferior a sesenta y cinco ($65.oo) moneda corriente.
Cuando los intereses correspondan a un interés diario de sesenta y cinco pesos ($65.oo) mas, para efectos de la retención en la fuente se considerará el valor total del pago o abono en cuenta.
Concordancias Legales
DECRETO 2715 DE 1983 ART. 1
DECRETO 2775 DE 1983 ART. 1
ESTATUTO TRIBUTARIO ARTS. 395, 396
DECRETO 3100 DE 1990 ART. 1
DECRETO 2813 DE 1991 ART. 1
DECRETO 2065 DE 1992 ART. 1
DECRETO 2495 DE 1993 ART. 1
DECRETO 2806 DE 1994 ART. 1
DECRETO 2324 DE 1995 ART. 1
DECRETO 2301 DE 1996 ART. 1
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
DECRETO 3257 DE 2002 ART. 1
DECRETO 4344 DE 2004 ART. 1
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.2.6.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PAGOS NO SUJETOS A RETENCION