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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
321
Título
Texto
ARTÍCULO 321°. Vistos buenos.
Las exportaciones de muestras sin valor comercial de productos sujetos a vistos buenos, deberán cumplir con este requisito al momento de presentar la solicitud de autorización de embarque, sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el parágrafo del artículo 268 del presente Decreto.
(Modificado este artículo por el artículo 31 del Decreto 1530 de 2008)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 268
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR DECRETO 1530 DE 2008 ART. 31
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL - VISTO BUENO
AUTORIZACION DE EMBARQUE - SOLICITUD