CAPITULO IX
IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO
Sección I
Importación Temporal Para Perfeccionamiento
Activo de Bienes de Capital
Artículo 101º. Bienes de capital, partes y repuestos que se pueden importar temporalmente para perfeccionamiento activo. Podrán declararse en importación temporal para perfeccionamiento activo, en las condiciones y parámetros establecidos en el artículo 163 del Decreto 2685 de 1999, los bienes de capital a que se refiere el artículo 98 de la presente Resolución y para los cuales el solicitante acredite que dispone de las instalaciones industriales idóneas para realizar su reparación o acondicionamiento.
Para declarar esta modalidad de importación se debe contar con la autorización de la administración aduanera de la jurisdicción donde se encuentren ubicadas las instalaciones industriales del importador.
Para el efecto, el importador del bien de capital deberá presentar la respectiva solicitud a la División de Servicio al Comercio Exterior, o a la dependencia que haga sus veces, indicando que bien de capital será sometido a reparación o acondicionamiento, tiempo que se requiere para adelantar el procesamiento y dirección de las instalaciones industriales donde se realizará, acompañada del concepto técnico que justifique la reparación o acondicionamiento.
En el acto administrativo que autorice al solicitante para declarar la modalidad, se habilitarán las instalaciones industriales, se señalará el término de la habilitación y el monto de la garantía que debe constituirse.
Las instalaciones industriales solo se entienden habilitadas para los efectos relacionados con el procesamiento del bien de capital para el cual se solicita la autorización. (Modificado por el Articulo 32 de la Resolución 7002 de 2001)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 163 
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 98 
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
RESOLUCION 7002 DE 2001 ART. 32
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO DE BIENES DE CAPITAL