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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0700 DE 1997
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
5
Título
Texto
ARTICULO 5º. BASE DE AUTORRETENCION SOBRE DESCUENTOS E INTERESES ANTICIPADOS:
La autorretención en la fuente que deben practicarse mensualmente los agentes autorretenedores de rendimientos financieros, sobre los rendimientos provenientes de títulos con intereses anticipados y/o descuentos, se aplicará de acuerdo a las siguientes reglas:
1. Tratándose de títulos con descuento sin pagos periódicos anticipados de intereses o de títulos que no generen un costo financiero para el emisor adquiridos al descuento:
Sobre la diferencia positiva entre el valor nominal del título y el precio de compra del mismo, dividida esta diferencia por el número de días al vencimiento contados a partir de su adquisición, y multiplicado este resultado, por el número de días de tenencia del título durante el mes.
2. Tratándose de títulos con pagos periódicos anticipados de intereses:
a) Mensualmente durante el primer período de rendimientos para el tenedor del título: sobre la diferencia positiva entre el valor nominal del título y el precio de compra del mismo, dividida esta diferencia por el número de días al próximo pago de intereses o al vencimiento si se trata del último período de rendimientos, ambos contados a partir de su adquisición, y multiplicado este resultado por el número de días de tenencia del título durante el mes.
b) Mensualmente durante los demás períodos de rendimientos para el tenedor del título: sobre el valor total de los intereses del período a la tasa facial del título, dividido por el número de días de dicho período, y multiplicado por el número de días de tenencia del título durante el mes.
PARAGRAFO:
En el evento de que el título sea redimible por un valor superior al nominal, este exceso se agregará al valor nominal del título durante el primer o único período de rendimientos del título, para efectos de los cálculos aquí previstos.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 397
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 1
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 3
DECRETO 2360 DE 1996 ART. 2
DECRETO 2360 DE 1996 ART. 3
DECRETO 2775 DE 1983 ART. 3
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 3
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 10
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 11
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 13
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.2.13.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BASE GRAVABLE DE RETENCION PARA RENDIMIENTOS FINANCIEROS
BASE GRAVABLE DE RETENCION PARA TITULOS CON DESCUENTO