Texto
Articulo 505°. Reconocimiento y avalúo. El reconocimiento y avalúo definitivo se entenderá surtido dentro de la misma diligencia de aprehensión de las mercancías, salvo cuando se trate de mercancías que requieran conceptos o aná lisis especializados, caso en el cual dentro de un plazo hasta de diez (10) días siguientes a la fecha de notificación del acta de aprehensión, se deberá efectuar la diligencia de reconocimiento y avalúo definitivo de la mercancía aprehendida.
El avalúo se deberá consignar en el documento de ingreso de la mercancía aprehendida, sin perjuicio de la facultad de la Aduana de determinar el valor en aduana de la misma cuando a ello hubiere lugar.
Parágrafo 1°. Si como resultado de la diligencia de aprehensión o de reconocimiento y avalúo de la mercancía aprehendida, según corresponda, se determina que puede haber lugar a los delitos previstos en la Ley 788 de 2002, se deberá informar a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia, enviando copia de las actuaciones adelantadas. La autoridad aduanera continuará con el proceso administrativo de que trata el presente Capitulo para definir la situación jurídica de la mercancía. Igual determinación deberá adoptarse en cualquier estado del proceso siempre que se establezca un hecho que pueda constituir delito.
Parágrafo 2°. Cuando con ocasión de la diligencia de inspección en los procesos de importación, exportación o tránsito, se produzca la aprehensión de la mercancía declarada, se tomará como avalúo el valor de la mercancía señ alado en la respectiva Declaración, para los efectos previstos en el inciso primero del presente articulo, salvo que existan precios de referencia. En consecuencia, en estos eventos, no será necesario el avalúo salvo de la misma. (Modificado por el Decreto 4431 de 2004 art. 13)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 237 
LEY 0488 DE 1998 ART. 67 
LEY 0488 DE 1998 ART. 69 
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 523 
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 434 
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 435 
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 531-1 
RESOLUCION 3723 DE 2010 ART. 1 
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR EL DECRETO 4431 DE 2004 ART. 13 
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RECONOCIMIENTO Y AVALUO DE LA MERCANCIA