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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
222
Título
Texto
Articulo 222º. Momento de la valoración.
Para efectos de la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, se considerará como momento de la valoración la fecha de la inspección física antes del levante o en su defecto, la fecha de presentación de la Declaración de Importación.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0459.
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Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
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