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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 0788 DE 2002
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
83
Título
Texto
ARTICULO 83.
Adiciónase el artículo 408 del Estatuto Tributario con el siguiente parágrafo:
"
Parágrafo
. Los pagos o abonos en cuenta por cualquier concepto que constituyan ingreso gravado para su beneficiario y éste sea residente o se encuentre constituido, localizado o en funcionamiento en países que hayan sido declarados paraísos fiscales, por la Organización para el Desarrollo Económico Europeo, OCDE o por el Gobierno Colombiano, se someterán a retención en la fuente por concepto de impuesto sobre la renta y ganancia ocasional a la tarifa del treinta y cinco por ciento (35%), sin perjuicio de la aplicación de la retención en la fuente por concepto de impuesto de remesas, a la tarifa del siete por ciento (7%)”.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
ADICIONO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 408 PARAGRAFO
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
DECLARADO INEXEQUIBLE POR SENTENCIA C-690 DE AGOSTO 12 DE 2003
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS AL EXTERIOR
TARIFA DE RETENCION POR RENTAS DE CAPITAL DEL EXTERIOR