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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2460 DE 2013
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
16
Título
Texto
ARTÍCULO 16.
TRÁMITE PARA LA SUSPENSIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
Ú
NICO TRIBUTARIO (RUT).
Para efectos de suspender la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) deberá atenderse el siguiente trámite:
La autoridad que disponga la suspensión remitirá copia del documento que contenga la orden a la dependencia de gestión de asistencia al cliente o al área que haga sus veces en la jurisdicción del domicilio del inscrito, la cual la hará efectiva a más tardar el día hábil siguiente a la fecha de recibo.
El mismo procedimiento se adelantará para el levantamiento de la suspensión, en los casos que haya lugar.
La suspensión se comunicará al interesado por cualquiera de los medios utilizados por la DIAN para el efecto, salvo la suspensión por inexistencia de la dirección o no ubicación del inscrito en el domicilio informado, caso en el cual se comunicará a través de la página web de la DIAN.
Concordancias Legales
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.2.17.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Registro Unico Tributario - Suspension de la Inscripcion