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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
334-1
Título
Texto
ART. 334-1.-Informes y control.
Las personas jurídicas que se hayan inscrito como beneficiarias de los Programas Especiales de Exportación, PEX, que hayan suscrito un acuerdo comercial, deberán presentar de manera conjunta un informe en los términos y condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.
PAR.-La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en cualquier momento podrá realizar los controles de carácter posterior que considere necesarios a los productores-exportadores, con el fin de verificar las operaciones realizadas, los documentos que soporten la operación comercial, el destino de los productos recibidos por los exportadores de bienes finales, los cruces respectivos entre los certificados PEX y los documentos de exportación
(Adicionado por el Decreto 3731 de 2003 art. 9)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 286
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR DECRETO 3731 DE 2003 ART. 9
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACION