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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3030 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo22
Título
ARTÍCULO 22. INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL ACUERDO.

Simultáneamente en las mismas fechas que determine el Gobierno Nacional para la presentación de la declaración informativa de precios de transferencia de que trata el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que hayan celebrado un Acuerdo Anticipado de Precios con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y mientras el mismo surta sus efectos, deberán presentar, un informe dirigido al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el que se demuestre la conformidad de sus operaciones con el Principio de Plena Competencia y con las condiciones previstas en el Acuerdo. El informe deberá contener:

a) Tipos de operación a los que ha sido aplicado el Acuerdo, que se hayan realizado en el periodo impositivo al que se refiere la declaración informativa;

b) Precios, montos de contraprestación o márgenes de utilidad a los que se han realizado los tipos de operación mencionadas en el literal anterior como resultado de la aplicación del Acuerdo;

c) Descripción de los supuestos fundamentales del acuerdo y la forma en que se siguen cumpliendo.