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Con base en la información suministrada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 331 del Estatuto Tributario se permite publicar el PAAG que regirá para el año gravable de 2001.
FECHA MENSUAL VARIACION
ACUMULADA
Enero 0.46 046
Febrero 0.97 1.43
Marzo 1.86 3.31
Abril 1.48 4.84
Mayo 1.16 6.05
Junio 0.46 6.54
Julio 0.08 6.63
Agosto 0.11 6.75
Septiembre 0.28 7.04
Octubre 0.40 7.47
Noviembre 0.20 7.68
Diciembre 0.07 7.76
De acuerdo con lo anterior el PAAG anual para el año gravable de 2001 es de 7.76.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0331. 
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PORCENTAJE DEL AJUSTE DEL AÑO GRAVABLE PAAG