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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 0164 DE 1999
Aduanero
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Aduanas
Artículo
32
Título
Texto
ARTICULO 32°.
Delegar en los Administradores Locales el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Celebrar contratos en nombre de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, hasta por el monto establecido para la mínima cuantía de que trata el inciso 4° del artículo 3° del Decreto 855 de 1994.
Para tal efecto cuenta con la facultad de ordenar y reconocer los pagos derivados de los contratos celebrados.
b) Aprobar las garantías constituidas para amparar los contratos que celebre la Administración.
c) Ordenar y reconocer el pago por servicios personales de los funcionarios y exfuncionarios de la respectiva Administración Local, así como los gastos generales y transferencias.
Tratándose de exfuncionarios, la delegación se extiende hasta la facultad de reconocer las prestaciones sociales. Cuando el funcionario hubiere laborado en diferentes Administraciones, sus servicios personales y prestaciones sociales serán reconocidas en la última Administración donde prestó sus servicios.
d) Autorizar con su firma las actas y resoluciones de baja de bienes de la Administración Local cuya cuantía sea inferior al monto establecido para la mínima cuantía.
e) Ordenar y reconocer el pago del subsidio familiar de los funcionarios de la Administración a la Caja de Compensación Familiar que corresponda.
f)
Informar a la Cámara de Comercio según lo establecido en los artículos 22.1 y 22.7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas reglamentarias y concordantes, sobre sus actuaciones contractuales. Copia del informe deberá ser remitido en los eventos y dentro de los mismos términos exigidos por las leyes y los reglamentos aplicables a esos asuntos, al Secretario General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
g) Suscribir las matriculas de depósito que se expidan en su respectiva jurisdicción por parte de los Almacenes Generales de Depósito o personas naturales o jurídicas que presten el servicio de bodegaje de mercancías o bienes aprehendidos, decomisados o abandonados a favor de la Nación, con las cuales se haya suscrito convenio o contrato de almacenamiento.
Concordancias Legales
RESOLUCION 0164 DE 1999 ART. 34
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
RESOLUCION 10808 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2000 ARTICULO 3
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ADMINISTRADORES LOCALES - DELEGACION DE FUNCIONES