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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2262 DE 2001
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
2°
Título
Texto
ARTICULO 2. Tasa de interés en devoluciones
. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario y con base en la certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, la tasa de interés que regirá en materia de devoluciones, entre el 1° de noviembre de 2001 y el 28 de febrero de 2002, será del treinta y cuatro punto trece por ciento (34.13%) anual.
Concordancias Legales
DECRETO 1246 DE 2001 ART. 2
DECRETO 313 DE 2002 ART. 2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 863
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 864
DECRETO 313 DE 2002 ART. 2
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TASA DE INTERESES PARA DEVOLUCIONES