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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
46
Título
Texto
Artículo 46º. Obligaciones de los titulares de lugares habilitados para la entrada y salida de mercancías del territorio aduanero nacional.
Son obligaciones de los titulares de la habilitación para la entrada y salida de mercancías bajo control aduanero, las siguientes:
a) Cumplir con los requerimientos fijados por la autoridad aduanera en materia de infraestructura física, de sistemas y dispositivos de seguridad;
b) Permitir el ejercicio de la potestad aduanera dentro del área declarada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como lugar habilitado;
c) Cumplir con las medidas y procedimientos establecidos por la autoridad aduanera tendientes a asegurar el control y vigilancia de las mercancías dentro de sus instalaciones;
d) Controlar el acceso y circulación de vehículos y personas mediante la aplicación de los sistemas de identificación de los mismos, dentro del lugar habilitado;
e) Contar con los equipos de cómputo y de comunicaciones que le permitan su conexión con el sistema informático aduanero; así como facilitar la instalación o disposición de los equipos que requiera la Aduana;
f) Suministrar la información que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le solicite, relacionada con la llegada y salida de naves, aeronaves, vehículos y unidades de carga, del lugar habilitado en la forma y oportunidad establecida, y.
(Modificado este literal por el Decreto 2101 de 2008)
g) Constituir, cuando a ello hubiere lugar, las garantías bancarias o de compañía de seguros para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.
h) Informar a la autoridad aduanera la finalización de descargue en los términos y condiciones establecidos en el artículo 97-2 del presente decreto.
(Adicionado este literal por el Decreto 2101 de 2008)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 42
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 42
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 97-2
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 73
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO EL LITERAL f) Y ADICIONADO EL LITERAL h) POR EL DECRETO 2101 DE 2008 ART. 4
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
LUGARES HABILITADOS - TITULARES
DEPOSITOS HABILITADOS