<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo1.2.2.2.4.
TítuloReestructuraciones empresariales.
Artículo 1.2.2.2.4. Reestructuraciones empresariales. Para efectos de la aplicación del parágrafo 3° del artículo 260-3 del Estatuto Tributario, la redistribución de funciones, activos y riesgos llevada a cabo entre los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia y sus vinculados en el exterior deberá estar retribuida en cumplimiento del Principio de Plena Competencia. Para tales efectos el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberá, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 1.2.2.2.1 de este decreto, en la documentación comprobatoria:

a) Identificar el objeto de la reestructuración, operaciones, términos contractuales y forma como esta se llevó a cabo.

b) Identificar activos, funciones y riesgos antes y después del proceso de reestructuración.

c) Identificar los derechos y obligaciones, de acuerdo con la conducta de las partes y el marco legal y contractual que operaba antes de la reestructuración y los cambios producidos a partir de la misma, para las partes intervinientes.

d) Detallar en forma pormenorizada la distribución de riesgos llevada a cabo entre las partes.

e) Describir los beneficios potenciales para las partes, derivados de la transferencia de riesgos.

f) Identificar cuál de las partes intervinientes en la operación toma las decisiones tendientes a asumir el riesgo y su gestión.

g) Describir las sinergias esperadas de la reestructuración y los análisis económicos, financieros y de otra índole que se tuvieron en cuenta para tales previsiones.

h) Descripción de las compensaciones o retribuciones por la reestructuración y su cuantificación.

(Art. 7, Decreto 3030 de 2013) (El Decreto 3030 de 2013 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial, el Decreto número 4349 de 2004. Art. 26, Decreto 3030 de 2013)