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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
313
Título
Texto
ARTÍCULO 313°. Solicitud de autorización de embarque y declaración correspondiente.
La solicitud de autorización embarque y la declaración correspondiente, se tramitarán en la forma prevista en este decreto para la exportación definitiva, con embarque único y datos definitivos.
Los intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes, presentarán a través de los servicios informáticos electrónicos la información del manifiesto expreso individualizando cada uno de los documentos de transporte. Dicha información deberá consolidarse con la presentación de la solicitud de autorización de embarque, en los términos y condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
La solicitud correspondiente, suscrita por el representante legal del intermediario, debe ser presentada en la jurisdicción aduanera por donde se efectuará la salida de las mercancías.
Los envíos de correspondencia y los envíos que salen del territorio nacional por la red oficial de correos se exceptúan de la obligación de presentar solicitud de autorización de embarque y declaración correspondiente, y podrán ser embarcados con la sola presentación del manifiesto expreso.
(Modificado este artículo por el artículo 29 del Decreto 1530 de 2008)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 236-3
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR DECRETO 1530 DE 2008 ART. 29
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AUTORIZACION DE EMBARQUE
AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE - SOLICITUD