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DECRETO 1242 DE 1996 Document Link Icon
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Aduanas
Artículo1
Título
DECRETO NUMERO 1242
17 DE JULIO DE 1996


Por el cual se reglamentan las condiciones para la exención del pago del impuesto complementario de remesas de las empresas productoras de bienes ubicadas en la Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA


En ejercicio de las facultades constitucionales consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial de las conferidas en el artículo 25 de la Ley 191 de 1995
DECRETA

ARTICULO 1o.- Ambito de aplicación.
Sin perjuicio de los tratados internacionales vigentes suscritos por Colombia, el presente decreto se aplicará a las nuevas empresas productoras de bienes que se establezcan dentro de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo. Igualmente se aplicará a las empresas productoras de bienes ya establecidas en estas unidades que realicen ampliaciones significativas.

Las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo son las determinadas en los Decretos 1814 de 1995, 2036 de 1995, 150 de 1996, 930 de 1996 y los demás que las adicionen o modifiquen.

Parágrafo 1o.- Para efectos de los beneficios previstos en este decreto, se entiende por nuevas empresas las constituidas en el período comprendido entre el veintitrés (23) de junio de 1995 y el veintitrés (23) de junio del año 2000.

Parágrafo 2o.- No se entenderán como nuevas empresas, aquellas que se encontraban constituidas con anterioridad al 23 de junio de 1995 o sean objeto de reforma estatutaria para cambio de nombre, propietario o fusión con otras empresas.

Parágrafo 3o.- Se entiende por ampliación significativa en empresas establecidas, aquella que se haya iniciado a partir del veintitrés (23) de junio de 1995 o se inicie dentro de los cinco (5) años siguientes a esta fecha, que represente un aumento en su capacidad productiva de por lo menos un cincuenta (50%) de la que tenía a treinta y uno (31) de diciembre del año anterior a aquel en que se manifieste la intención de acogerse al beneficio.