<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3049 DE 1997
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
19
Título
Texto
ARTICULO 19°.-
Impuesto de timbre
.
Los agentes de retención del impuesto de timbre, deberán declarar y pagar en el formulario de Retenciones en la Fuente prescrito por la DIAN, el impuesto causado en cada mes dentro de los plazos previstos en el artículo anterior, atendiendo al último dígito del Número de Identificación Tributaria.
Se entiende causado el impuesto, cuando se realice el hecho gravado, es decir en la fecha del otorgamiento, suscripción, giro, expedición, aceptación, vencimiento, prórroga o pago del instrumento, documento o título, el que ocurra primero.
En el caso de títulos al portador, certificados de depósito, bonos de prenda de almacenes generales de depósito y cheques, se entiende realizado el hecho gravado en la fecha de la entrega del respectivo título, certificado, bono o chequera.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 605.
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 18
DECRETO 0747 DE 1996 ART. 3
DECRETO 0747 DE 1996 ART. 4
DECRETO 0747 DE 1996 ART. 5
DECRETO 3049 DE 1997 ART. 18
DECRETO 2652 DE 1998 ART. 18
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PRESENTACION DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS
DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE