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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1889 DE 1988
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
4
Título
Texto
D.R. 1889/88, Art. 4
.-
Requisitos previos a la exención
. Para los efectos de la exención del impuesto de renta y complementarios a que se refiere el artículo anterior, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
1.
Enviar antes del 31 de diciembre de 1988 un memorial a la Administración de Impuestos Nacionales que corresponda al municipio donde se vaya a ubicar el establecimiento o empresa, en la cual se manifieste que se estableció o tiene la intención de establecerse, antes del 31 de diciembre de 1988, señalando detalladamente la actividad económica a que se dedicará, el capital invertido, el lugar de ubicación de las instalaciones, y la sede principal de sus negocios.
2.
Cuando se trate de sociedades o entidades asimiladas a estas, deberán remitir además, dentro del mismo término previsto en el numeral anterior una copia de la escritura o documento de Constitución.
Parágrafo.
El cambio de denominación o propietario de las empresas o establecimientos de comercio, no les da el carácter de nuevos, a los ya existentes en dichas zonas y por lo tanto no tendrán derecho a las exenciones a que se refiere el artículo 3o. del presente Decreto.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 224
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 225
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA ZONA DEL NEVADO DEL RUIZ