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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 0383 DE 1997
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
11
Título
Texto
ARTICULO 11
.- Adiciónase el Estatuto Tributario con el siguiente artículo:
"Artículo 623-2. Información por otras entidades de crédito.- Las Cooperativas de Ahorro y Crédito, los Organismos Cooperativos de grado superior, las Instituciones auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales y los Fondos de Empleados, deberán presentar la información establecida en el artículo 623 de este Estatuto.
Igualmente, deberán informar los Apellidos y Nombres o Razón Social y NIT de cada una de las personas o entidades a las cuales se les hayan efectuado préstamos cuyo valor anual acumulado sea superior a doscientos millones de pesos ($200.000.000), (Valor año gravable base 1.997), con indicación del concepto de la operación y del monto acumulado por concepto.
PARAGRAFO : La información exigida en el segundo inciso del presente artículo, igualmente deberán presentarla todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria."
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 623
Documentos que Afecta
ADICIONO ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 623-2
ADICIONO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 623-2 (SIC)
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION POR OTRAS ENTIDADES DE CREDITO