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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 393 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
6
Título
Texto
ARTICULO SEXTO: Sanciones.
Si los viajeros destinan al comercio las mercancías adquiridas o las introducen excediendo el cupo previsto en el artículo anterior, se aplicara lo dispuesto en los artículos 5 y 30 del Decreto 2057 de 1987, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de los establecido en el artículo 67 de la Ley 488 de 1998.
Concordancias Legales
DECRETO 3058 DE 1990 ART 3 Y 5
LEY 0488 DE 1998 ART. 67
LEY 0488 DE 1998 ART. 68
DECRETO 2057 DE 1987 ART. 5
DECRETO 2057 DE 1987 ART. 30
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SANCIONES
VIAJEROS - SANCIONES