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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo1.6.1.5.5.
TítuloEnajenación de más del diez por ciento (10%) de acciones inscritas en una Bolsa de Valores colombiana.
Artículo 1.6.1.5.5. Enajenación de más del diez por ciento (10%) de acciones inscritas en una Bolsa de Valores colombiana. La declaración del impuesto sobre la renta y complementario que, de acuerdo con el numeral 5 del artículo 18-1 del Estatuto Tributario, están obligados a presentar los inversionistas de capital del exterior de portafolio por las utilidades obtenidas en la enajenación de más del diez por ciento (10%) de las acciones en circulación de una sociedad, inscritas en una Bolsa de Valores colombiana y de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, se sujetará a lo dispuesto en la parte final del inciso 1o del artículo 240 del Estatuto Tributario, o en el inciso 1° del artículo 247 del Estatuto Tributario, según corresponda.

Parágrafo. La declaración del impuesto sobre la renta y complementario de que trata este artículo debe presentarse en los plazos que para el efecto establezca el Gobierno Nacional.

(Art. 1, Decreto 2108 de 2013)