<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0260 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
5
Título
Texto
ARTICULO 5º. Pagos no sujetos a retención.
A las retenciones previstas en el artículo anterior les son aplicables las excepciones contenidas en las normas vigentes sobre retenciones en la fuente, salvo las que se refieren a los pagos o abonos en cuenta por servicios de restaurante, hotel y hospedaje, los cuales quedan sujetos a esta retención, siempre que el pago o abono en cuenta sea efectuado en forma directa por una persona jurídica, una sociedad de hecho o una entidad o persona natural que tenga la calidad de agente retenedor.
Parágrafo.
Las circunstancias que originan las correspondientes excepciones, así como los hechos que dan lugar a la utilización de bases o tarifas inferiores a las generales señaladas en el artículo 4º de este decreto, deberán ser comunicadas por escrito al agente retenedor, por los beneficiarios de los respectivos pagos o abonos en cuenta.
Concordancias Legales
DECRETO 260 DE 2001 ART. 4
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 401
DECRETO 1020 DE 2014 ART. 6
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.4.2.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.10.6.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIIFCADO POR DECRETO 1020 DE 2014 ART. 6
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PAGOS NO SUJETOS A RETENCION