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DECRETO 2623 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo25
Título
PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.

ARTÍCULO 25. DECLARACIÓN Y PAGO BIMESTRAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2014, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($2.528.620.000), así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre.

Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del NIT del responsable, que conste en el certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación, serán los siguientes:

Último dígito es
Enero-Febrero 2015 hasta el día
Marzo-Abril 2015 hasta el día
Mayo-Junio 2015 hasta el día
110 de marzo de 201512 de mayo de 201508 de julio de 2015
211 de marzo de 201513 de mayo de 201509 de julio de 2015
312 de marzo de 201514 de mayo de 201510 de julio de 2015
413 de marzo de 201515 de mayo de 201513 de julio de 2015
516 de marzo de 201519 de mayo de 201514 de julio de 2015
617 de marzo de 201520 de mayo de 201515 de julio de 2015
718 de marzo de 201521 de mayo de 201516 de julio de 2015
819 de marzo de 201522 de mayo de 201517 de julio de 2015
920 de marzo de 201525 de mayo de 201521 de julio de 2015
024 de marzo de 201526 de mayo de 201522 de julio de 2015

Si el último dígito es
Bimestre

julio-agosto 2015 hasta
Bimestre

septiembre-octubre 2015 hasta el día
Bimestre

noviembre-diciembre 2015 hasta el día
108 de septiembre de 201510 de noviembre de 201513 de enero de 2016
209 de septiembre de 201511 de noviembre de 201514 de enero de 2016
310 de septiembre de 201512 de noviembre de 201515 de enero de 2016
411 de septiembre de 201513 de noviembre de 201518 de enero de 2016
514 de septiembre de 201517 de noviembre de 201519 de enero de 2016
615 de septiembre de 201518 de noviembre de 201520 de enero de 2016
716 de septiembre de 201519 de noviembre de 201521 de enero de 2016
817 de septiembre de 201520 de noviembre de 201522 de enero de 2016
918 de septiembre de 201523 de noviembre de 201525 de enero de 2016
021 de septiembre de 201524 de noviembre de 201526 de enero de 2016


PARÁGRAFO. Para los responsables por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en el año 2013 se les Autorizó el plazo especial de que trata el parágrafo 1o del artículo 23 del Decreto número 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar vencerá en las siguientes fechas:

Bimestre

Enero-Febrero 2015

hasta el día
Bimestre

Marzo-Abril 2015

hasta el día
Bimestre

Mayo-Junio 2015

hasta el día
27 de marzo de 201529 de mayo de 201524 de julio de 2015
Bimestre

Julio-Agosto 2015

hasta el díaBimestre

Septiembre-Octubre 2015

hasta el díaBimestre

Noviembre-Diciembre 2015

hasta el día
25 de septiembre de 201527 de noviembre de 201529 de enero de 2016