<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 221 DE 2000
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
1
Título
Texto
ARTICULO 1
. El parágrafo 3º del artículo 21 del Decreto 2588 de 1999 quedará así:Parágrafo 3º . Cuando el agente retenedor tenga más de cien (100) sucursales o agencias quepractiquen Retención en la Fuente, los plazos para presentar la declaración y cancelar el valor apagar correspondiente a cada uno de los meses del año 2000, vencerán un mes después del plazo señalado para la presentación y pago de la declaración del respectivo período conforme con lo dispuesto en este artículo, previa solicitud que deberá ser aprobada por la Subdirección de Recaudación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concordancias Legales
DECRETO 2588 DE 1999 ART. 21 PAR.3
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2588 DE 1999 ART. 21 PAR.3
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE
DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE - PLAZOS