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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0380 DE 1996
Tributario
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Impuesto a las ventas
Artículo
4
Título
Texto
A
RTICULO 4.- Responsable del Impuesto sobre las Ventas por el valor retenido.
Cuando los responsables pertenecientes al régimen común del impuesto sobre las ventas, adquieran bienes o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen simplificado, deben asumir la retención del IVA sobre dichas transacciones, aplicando el porcentaje señalado en el artículo 1o. de este Decreto.
Para los efectos de este artículo, el responsable del régimen común elaborará la respectiva nota de contabilidad, que servirá de soporte al registro de la transacción y de la retención e la fuente.
Dicha nota de contabilidad deberá contener:
- Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio;
- Fecha de la transacción;
- Descripción específica de los artículos o servicios gravados adquiridos;
- Valor total de la operación; - Monto de la retención asumida
PARAGRAFO
.- Cuando una entidad estatal responsable del impuesto sobre las ventas, actúe como agente de retención, de conformidad con lo previsto en el artículo, deberá realizar la afectación contable teniendo en cuenta la prestación principal, de conformidad con las normas presupuestales.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0437-3.
LEY 0223 DE 1995
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 615-1
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 603
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.3.2.1.4.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
AGENTES DE RENTENCION DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - OBLIGACIONES*