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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
94
Título
Texto
Artículo 94. Manifiesto de Carga.
Es el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprende la carga, incluida la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte y que va a ser descargada en un puerto o aeropuerto, o ingresada por un paso de frontera, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes y que el representante del transportador debe entregar debidamente suscrito a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
El Manifiesto de Carga deberá contener como mínimo la siguiente información: Identificación del medio de transporte, datos de viaje, peso y cantidad total de unidades de carga a transportar, los números de los documentos de transporte, según corresponda al medio y al modo de transporte, número de bultos, peso e identificación genérica de las mercancías y/o la indicación de carga consolidada, cuando así viniere, señalándose en este caso, el número del documento master.
En los eventos en que en el modo marítimo o terrestre se transporten contenedores vacíos se deberá informar la identificación y características de los mismos.
(Modificado este artículo por el Decreto 2101 de 2008)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 392
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 61
RESOLUCION 5644 DE 2000 ART. 5
CIRCULAR 0188 DE 2000 ART. ITEM 2
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 158-1
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 104
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR DECRETO 1198 DE 2000 ART. 5
MODIFICADO POR EL DECRETO 2101 DE 2008 ART. 7
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
MANIFIESTO DE CARGA
MANIFIESTO DE CARGA - DILIGENCIAMIENTO