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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo1.2.1.1.6.
TítuloImprocedencia de la concurrencia de beneficios.
Artículo 1.2.1.1.6. Improcedencia de la concurrencia de beneficios. En ningún caso se podrán solicitar en forma concurrente los beneficios fiscales previstos para los pagos efectuados por intereses y/o corrección monetaria en virtud de préstamos para adquisición de vivienda del trabajador y los pagos efectuados por intereses y/o corrección monetaria o costo financiero en virtud de un contrato de leasing habitacional.

(Art. 8, Decreto 779 de 2003, el inciso 2 tiene decaimiento en virtud de la evolución normativa. Artículo 3 de la Ley 1607 de 2012, que modificó el artículo 126-1 del Estatuto Tributario)