<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 4583 DE 2006
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
22
Título
Texto
ARTICULO 22. Plazos para presentar las declaraciones Individual y/o Consolidada de Precios de Transferencia.
Por el año gravable 2006, deberán presentar las declaraciones informativas de que trata el artículo 260-8 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas del exterior y/o con paraísos fiscales, en el formulario que para tal efecto señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
La declaración informativa individual de precios de transferencia se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario, sin el dígito de verificación y, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:
Si últimos dígito del NIT es:
PRESENTACION
Desde
Hasta Fecha
1
2 15 de junio de 2007
3
4 19 de junio de 2007
5
6 20 de junio de 2007
7
8 21 de junio de 2007
9
0 22 de junio de 2007
El formulario de la declaración informativa consolidada de precios de transferencia se presentará en forma electrónica, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario, sin el dígito de verificación y, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:
SI EL ULTIMO DIGITO ES
PRESENTACION
1, 2, 3, 4 ó 5
Junio 28 de 2007
6, 7, 8, 9, ó 0
Junio 29 de 2007
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 260-8
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PRECIOS DE TRANSFERENCIA - DECLARACION INFORMATIVA