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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto de Timbre
Artículo
0532.
Título
Texto
ARTICULO 532. LAS ENTIDADES OFICIALES ESTAN EXENTAS DEL PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE
.
<Fuente original compilada: L. 02/76 Art
28
.> <Inciso modificado por el artículo
162
de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Las entidades de derecho público están exentas del pago del impuesto de timbre nacional.
Cuando en una actuación o en un documento intervengan entidades exentas y personas no exentas, las últimas deberán pagar la mitad del impuesto de timbre, salvo cuando la excepción se deba a la naturaleza del acto o documento y no a la calidad de sus otorgantes.
Cuando la entidad exenta sea otorgante, emisora o giradora del documento, la persona o entidad no exenta en cuyo favor se otorgue el documento, estará obligada al pago del impuesto en la proporción establecida en el inciso anterior.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0533.
LEY 223 DE 1995 ART. 256 INC 1
DECRETO 0700 DE 1992 ART. 19
DECRETO 602 DE 1993 ART. 0006
DECRETO 3050 DE 1997 ART. 24
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.4.1.8.1.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO INCISO 1° POR LEY 223 DE 1995 ART. 162
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ACTUACIONES EXENTAS DEL IMPUESTO DE TIMBRE
ACTUACIONES DE ENTIDADES OFICIALES EXENTAS DEL IMPUESTO DE TIMBRE