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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.18.13.
Título
Aportes de los empleadores.
Texto
Artículo 1.2.1.18.13.
Aportes de los empleadores.
Son deducibles los pagos efectuados por los empleadores durante el año fiscal por concepto de subsidio familiar y las cuotas o aportes hechos al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), al Instituto Colombiano de Seguros Sociales (ICSS) o la entidad que haga sus veces, y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
La deducción se reconocerá por la suma que aparezca en los correspondientes certificados. Cuando se trate de contribuciones o cuotas pagadas al Instituto de Bienestar Familiar, de conformidad con la Ley 27 de 1974, será necesaria la certificación de esta entidad.
(Art. 61, Decreto 187 de 1975. La expresión: “que para efectos de la deducción por salarios deben anexar” contenida en el inciso 2 fue derogada tácitamente por el art. 4 del Decreto 2503 de 1987)
Concordancias Legales
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 61
LEY 27 DE 1974, DECRETO 2503 DE 1987
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Aportes del Empleador a Fondos de Cesantias
APORTES DE LOS EMPLEADORES.