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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 4400 DE 2004
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
6
Título
Texto
ARTICULO 6. Compensación de pérdidas fiscales.
Cuando como resultado del ejercicio se genere una pérdida fiscal, la misma se podrá compensar con los beneficios netos de los periodos siguientes, de conformidad con lo previsto en el articulo 147 del Estatuto Tributario. Esta decisión deberá ser adoptada por la Asamblea General o máximo órgano directivo, para lo cual se deberá dejar constancia en la respectiva acta, antes de presentar la declaració n de renta y complementarios del correspondiente período gravable en el cual se compense la pérdida.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 147
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.6.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
COMPENSACION DE LA PERDIDA FISCAL
COMPENSACION DE PERDIDAS FISCALES
CONTRIBUYENTES CON REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL