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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0903 DE 1994
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
4
Título
Texto
ARTICULO 4
Las sociedades administradoras de los Fondos de Pensiones de que trata la ley 100 de 1993, las sociedades administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, las sociedades fiduciarias administradoras de los fondos de que trata el Decreto 2513 de 1987 y las compañías de seguros privados de pensiones, a partir de la vigencia del presente Decreto, deberán llevar una cuenta del control para cada afiliado denominada "Retenciones contingentes por retiro de saldos", en donde se registrará el valor no retenido inicialmente por haber destinado los ingresos a aportes, el cual se retendrá al momento de su retiro con fines diferentes a los pensionales.
Para tal efecto, tratándose de trabajadores vinculados por una relación laboral o legal y reglamentaria, el respectivo empleador informará a la sociedad administradora correspondiente, al momento de la consignación del aporte, el monto de la diferencia entre la suma que se hubiere retenido en caso de no haberse efectuado el aporte y la efectivamente retenida al trabajador. El cálculo se hará sobre los ingresos laborales gravables, una vez disminuidos los conceptos a que se refiere el artículo 387 del Estatuto Tributario cuando sea del caso.
Para los trabajadores independientes, el agente retenedor deberá informar a la sociedad administradora respectiva, la diferencia entre la suma que se hubiere retenido al trabajador de no haberse efectuado el aporte y la efectivamente retenida, teniendo en cuenta la tarifa de retención correspondiente al concepto del ingreso, de acuerdo con el Estatuto Tributario y demás normas concordantes.
A los trabajadores independientes que efectúen directamente aportes de ingresos que estando sometidos a retención en la fuente, ésta no se les hubiere practicado, corresponderá a la sociedad administradora respectiva realizar cálculo de acuerdo al concepto que dió origen al ingreso y registrarlo en cuenta de control a que se refiere el presente artículo.
Concordancias Legales
LEY 100 DE 1993 ARTS. 135, 136 PAR. 1, 2
DECRETO 2513 DE 1987
DECRETO 1729 DE 1994 ART. 2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 383
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 385
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 387
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
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