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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo1.6.1.1.1.
TítuloDeberes formales.
PARTE 6
Procedimiento Tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
TÍTULO 1
Procedimiento tributario
CAPÍTULO 1
Deberes y obligaciones formales

Artículo 1.6.1.1.1. Deberes formales. Los contribuyentes o responsables directos deberán cumplir los deberes formales señalados en la Ley o en el reglamento, salvo en los siguientes casos, en los cuales la obligación es del representante:

a) En el del impúber, cuando el impuesto deba liquidárseles directamente.
b) En el de los demás incapaces.
c) En el de las sucesiones.
d) En el de las donaciones o asignaciones modales.
e) En el de las sociedades en liquidación.
f) En el de las personas declaradas en quiebra (hoy apertura del trámite de liquidación obligatoria) o concurso de acreedores.

(Art. 3, Decreto 825 de 1978)