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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3172 DE 2003
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
6
Título
Texto
Artículo 6. Información sobre las inversiones acreditadas como de control y mejoramiento ambiental.
En virtud de lo previsto en el artículo 158-2 del Estatuto Tributario, las autoridades ambientales competentes enviarán antes del 31 de marzo de cada año, a la Subdirección de Fiscalización Tributaria o a la dependencia que haga sus veces de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, copia de las certificaciones sobre acreditación de las inversiones de control y mejoramiento ambiental, para efectos de que ésta última realice las diligencias de vigilancia y control de su competencia.
Las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible, las autoridades ambientales de los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales distritales creadas en virtud de la Ley 768 de 2002 enviarán adicionalmente copia de las certificaciones expedidas, al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en el mismo término señalado en el inciso anterior.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0158-2
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.18.56.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEDUCCION POR INVERSIONES EN EL MEDIO AMBIENTE