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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
212
Título
Texto
Articulo 212º. Mercancías importadas para transformación o ensamble.
De acuerdo con los artículos 191 y 243 del Decreto 2685 de 1999, al presentar la Declaración de Importación de la unidad producida, se determinará la base gravable de ésta, aplicando un procedimiento razonable dentro del Método del Ultimo Recurso, una vez agotados los métodos secundarios previstos en el artículo 247 del mismo Decreto. Para el caso, se tomará el precio pagado o por pagar, por las partes y accesorios extranjeros utilizados en su producción, según conste en la factura (s) comercial (es) expedida (s) por el proveedor extranjero, sin tener en cuenta el agregado nacional. En este caso no se requerirá el diligenciamiento de la Declaración Andina del Valor.
(Modificado por Resolución 7002 de 2001, art. 60)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 191
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 243
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 247
ORDEN ADMINISTRATIVA 0006 DE 2002 ART. ITEM 10
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPORTACION DE MERCANCIAS PARA TRANSFORMACION O EMSAMBLE