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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
121
Título
Texto
Artículo 121º. Documentos soporte de la Declaración de Importación
.
Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la Declaración y a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de dicha fecha, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:
a) Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando a ello hubiere lugar;
b) Factura comercial, cuando hubiere lugar a ella;
c) Documento de transporte;
d) Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de disposiciones especiales;
e) Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por normas especiales, cuando hubiere lugar;
f) Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella;
g) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado y,
h) Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar.
i) Declaración de exportación o el documento que acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía, en los eventos en que la Dirección de Impuestos y Aduanas así lo exija.
(Adicionado por el Decreto 4431 de 2004)
j) Las autorizaciones previas establecidas por la DIAN para la importación de determinadas mercancías
. (Adicionado por el Decreto 2174 de 2007)
k) Documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal cuando los documentos de transporte y demás documentos soporte de la operación de comercio exterior se consignen, endosen o expidan, según corresponda, a nombre de un Consorcio o de una Unión Temporal.
(Adicionado este literal por el Decreto 2942 de 2007 Art. 4º y corregido por el Decreto 4789 de 2007)
Parágrafo.
En el original de cada uno de los documentos soporte que deben conservarse de conformidad con el presente artículo, el declarante deberá consignar el número y fecha de la presentación y aceptación de la Declaración de Importación a la cual corresponden.
Cuando las mercancías amparadas en un registro o licencia de importación, certificado de origen, documento de transporte, factura comercial, sean objeto de despachos parciales, el declarante deberá dejar constancia de cada una de las declaraciones presentadas al dorso del original o copia del documento correspondiente, indicando el número de aceptación de la Declaración de Importación, la fecha y la cantidad declarada.
Parágrafo 2.
Las autorizaciones o vistos buenos de carácter sanitario que se requieran como documento soporte de la declaración de importación anticipada, así como los registros o licencias de importación que se deriven de estos vistos buenos, deberán obtenerse previamente a la inspección física o documental o a la determinación de levante automático de las mercancías.
(Adicionado este parágrafo por el Decreto 2557 de 2007 Art. 13)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 183
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 122
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 126
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 135
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 227
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 245
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 171
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 114
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 188
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 149
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 89
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 293
CIRCULAR 0188 DE 2000 ART. ITEM 5
DECRETO 1047 DE 2000 ART. 3
DECRETO 1232 DE 2001 ART. 4
ORDEN ADMINISTRATIVA 0006 DE 2002 ART. ITEM 11
RESOLUCION 01513 DE 2005 ART. 2
RESOLUCION 1513 DE 2005 ART. 2
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 103-1
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 103-8
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 27-2
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 14
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 103-14
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 103-15
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO EL LITERAL i) POR DECRETO 4431 DE 2004 ART. 1
ADICIONADO EL LITERAL j) POR DECRETO 2942 DE 2007 ART. 4
ADICIONADO EL PARAGRAFO 2º POR EL DECRETO 2557 DE 2007 ART. 13
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION - DOCUMENTOS SOPORTE