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IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
Texto
DECRETO 3142 DE 1984
DICIEMBRE 28
por el cual se da aplicación del art, 10 de la ley 50 de 1984
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMIBA
en ejercicio de las facultades que le confiere el art, 10 de la ley 50 de 1984,
DECRETA:
Art. 1.- A partir del 1 de enero de 1985, están exentos del impuesto sobre las ventas los libros y revistas de carácter científico o cultural.
Para los efectos del presente Decreto no se consideran de carácter científico o cultural los libros y revistas de horóscopos, fotonovelas, modas, tiras cómicas o historietas gráficas y juegos de azar; los cuales estarán gravados a la tarifa general del diez por ciento (10%). (Hoy la tarifa general es del 16%, Artículo 14 de la Ley 223/95)
Art. 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.