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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.17.2.
Título
Costo de bienes muebles.
Texto
Artículo 1.2.1.17.2.
Costo de bienes muebles.
Se tendrán como erogaciones computables para el establecimiento del costo de los bienes muebles que constituyan activos movibles de conformidad con el artículo 22 del Decreto 2053 de 1974 (hoy artículo 66 del Estatuto Tributario);
1. El precio de adquisición de las mercancías y materias primas, incluidas las diferencias de cambio cuando se trate de artículos importados, según lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto citado anteriormente (hoy artículo 80 del Estatuto Tributario).
2. Los gastos de transporte necesarios para poner la mercancía en el lugar de su utilización o expendió.
3. Los demás costos directos e indirectos de adquisición, extracción o manufactura.
(Art. 26, Decreto 187 de 1975) (Vigencia del Decreto 187 de 1975. El Decreto 187 de 1975 se aplicará a partir del ejercicio impositivo de 1974 salvo los casos expresamente exceptuados en el mismo o en las normas sustantivas y procedimentales del impuesto sobre la renta y complementario. (Art. 117, Decreto 187 de 1975))
Concordancias Legales
DECRETO 2053 DE 1974
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 80
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 66
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 26
DECRETO 0187 DE 1975
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 117
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Costo de los Activos Movibles
COSTO DE BIENES MUEBLES.