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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 1763 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo2
Título
ARTICULO 2°: La información deberá ser presentada en cualquiera de los siguientes medios magnéticos, teniendo en cuenta las siguientes características, especificaciones y organización:

a. CINTAS MAGNETICAS:

1. Ancho de la cinta: Media pulgada
2. Densidad de grabación: 1600 o 6250 BPI en 9 Canales
3. Código de grabación: ASCII
4. Número de registro por bloque: 50
5. Longitud del registro: 130 posiciones (BYTES)
6. Sin rótulo de identificación: (sin HEADER LABEL)

b. Cartridges:

1. Tamaño: 152 mm x 101 mm
2. Ancho de la cinta: ¼ pulgada
3. Almacenamiento: 150 Mb a 1,2 GB
4. Código de grabación: ASCII
5. Número de registros por bloque: 50
6. Longitud de registros: 130 posiciones(BYTES)
7. Sin rótulo de identificación: (SIN HEADER LABEL)

c. Minicartridge:
1. Tamaño: 95 mm x 62 mm
2. Ancho de la cinta: 8 milímetros
3. Almacenamiento: 2.3 GB o 5.0 GB
4. Código de grabación: ASCII
5. Número de registros por bloque :50
6. Longitud de registro: 130 posiciones (BYTES)
7. Sin rótulo de identificación: (SIN HEADER LABEL)

d. Disquetes:

1. Tamaño disquetes: 3 ½ pulgadas
2. Densidad de grabación: Doble cara, alta densidad.
3. Código de grabación: ASCII
4. Longitud del registro: 130 posiciones (BYTES)